MONTE CRISTO
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Jueves 21 de abril del 2022

Licitación Pública para Pavimentación de 5300 M2


LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE 5300 M2 

La municipalidad de Monte Cristo llama a licitación pública para repavimentación de 5.300m2 en calles:

Calle V. Depiante entre San Luis y Av. Intendente Rico.
Calle David Linares entre Av. San Martín y Aristóbulo del Valle.

Las tareas a realizar incluyen obras de fresado de pavimento, bacheo con estabilizado granular con cemento Portland, carpeta de concreto asfáltico y mano de obra.

El presupuesto para estas obras es de diecinueve millones doscientos cincuenta mil pesos ($19.250.000).

Bases y condiciones completas publicadas en la web municipal.

Por consultas y adquisición de pliegos contactarse con la Municipalidad de Monte Cristo al teléfono 4917223 o info@montecristo.gov.ar

La entrega de sobres de propuestas se debe realizar en la Municipalidad, hasta el día 29 de abril de 2022 a las 11:30 hs.

Una gran inversión para seguir mejorando nuestra ciudad.

Monte Cristo, 13 de Abril de 2.022.-

ORDENANZA N° 1.391 (VER WORD AQUÍ)

VISTO:
         La necesidad de realizar las obras de repavimentación de los distintos accesos de esta Ciudad,

Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proceder a repavimentar un total de aproximadamente cinco mil trescientos metros cuadrados de las arterias identificadas como calle V. Depiante entre calles San Luis y Av. Intendente Rico; calle David Linares entre calles Av. San Martín y A. del Valle.
Que estas calles de Monte Cristo requieren obras de fresado de pavimento, bacheo con estabilizado granular con cemento Portland y carpeta de concreto asfáltico dado su intenso deterioro provocado por su uso y antigüedad.  
Que la Ordenanza General de Contratación N° 1311 establece – Art. 6° - que cuando el monto de la contratación supere el índice ochenta y cinco (85), la selección del contratista se efectuará mediante Licitación Pública, dispuesta por Ordenan¬za.
Que, en este caso, la inversión – material y mano de obra - se estima en Pesos Diecinueve Millones Doscientos Cincuenta Mil ($ 19.250.000) aproximadamente, con IVA incluido.
Que tal disposición guarda inteligencia con lo ordenado por la Constitución Provincial en cuyo Art. 74 fija que toda contratación del Estado Provincial o de los Municipios se efectúa según sus leyes u ordenanzas específicas en la materia, mediante el procedimiento de selección.
Que el proceso de selección busca favorecer la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes, asegurando la igualdad de los mismos y la defensa de los intereses.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE CRISTO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.391

Artículo 1º: AUTORÍCESE el llamado a LICITACIÓN PUBLICA para la obra repavimentación de las calles: 1) V. Depiante entre calles San Luis y Av. Intendente Rico; 2) David Linares entre calles Av. San Martín y A. del Valle de la localidad de Monte Cristo, y, en consecuencia, APRUÉBASE las Bases y Condiciones Generales y Particulares para el llamado a Licitación Pública para la adquisición de materiales para el fresado de pavimento, bacheo con estabilizado granular con cemento Portland y carpeta de concreto asfáltico y mano de obra, de acuerdo a las especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo I, que integra el texto de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: PUBLICIDAD. La publicidad del llamado a licitación se efectuará en el Boletín Oficial de la Provincia con edictos durante dos (2) días consecutivos, como así también se realizará mediante comunicación exhibida en los lugares de pública concurrencia de la Municipalidad de Monte Cristo, pudiendo utilizarse, a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal otros medios de difusión que se consideren convenientes. Las publicaciones deberán efectuarse con una anticipación mínima de cinco (5) días corridos, a la fecha de apertura de las propuestas.
Artículo 3º: ADJUDICACIÓN. La adjudicación recaerá a favor de la propuesta más ventajosa, siempre que esté dentro de las bases y condiciones establecidas por esta Ordenanza. Entiéndase por propuesta más ventajosa o conveniente a aquella ajustada a las bases de la selección y sus cotizaciones sean las de más bajo precio. Podrá preferirse frente a la propuesta más ventajosa, otra de las presentadas cuyo titular ofrezca mayores garantías para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación siempre que el mayor valor no exceda el cinco por ciento (5%) sobre aquellas, dejando expresa constancia de ello en el acto administrativo, a cuyo fin, AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en dichos términos.  
Artículo 4º: CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO: el oferente deberá constituir domicilio electrónico y domicilio en la localidad de Monte Cristo. Las notificaciones se practicarán en el domicilio electrónico constituido por los interesados. El domicilio electrónico producirá los efectos de domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo. Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas transcurridos dos (2) días, contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir, en condiciones de ser visualizadas en el domicilio electrónico, aún en el caso que el destinatario no haya accedido al mismo para tomar conocimiento

Artículo 5º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a desestimar y/o rechazar todas las propuestas por razones fundadas atribuibles al interés Municipal, dejando sin efecto el llamado a licitación pública, sin que esa decisión otorgue derecho a reclamo, medida o resarcimiento alguno por parte de los oferentes.
Artículo 6º: EFECTO JURÍDICO DE LA PARTICIPACIÓN AL PROCESO LICITATORIO: Quien concurra como oferente al procedimiento de selección, no podrá alegar en caso alguno, falta de conocimiento del pliego general de condiciones previsto en este Pliego u Ordenanza, y el sólo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de sus cláusulas. Tampoco se podrá alegar, en ningún caso, desconocimiento o mala interpretación del pliego particular, demás elementos de la documentación, ni de ninguna otra disposición que resultare de aplicación.
Artículo 7º: COMISION DE APERTURA DE SOBRE Y ANÁLISIS DE LAS PROPUESTAS: Comisión de Apertura de Sobre y Análisis de las Propuestas estará integrada por dos Concejales y por el Secretario de Hacienda y Secretario General del Departamento Ejecutivo Municipal, estando facultados a resolver sobre todo lo atinente al procedimiento y recomendarán al Departamento Ejecutivo Municipal sobre la Adjudicación.
Artículo 8º: COMUNIQUESE, Promúlguese, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE MONTE CRISTO A LOS 13 DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

FIRMADA: Noelia RINERO (Presidente)
Nº  1.391 Luis CALVI Vicepresidente 1°
ROSSI Freddy E. Vicepresidente 2º
  PUCHETA María Julieta Concejal
GONZALEZ Ismael Concejal
CELI Ariel N. Concejal
Sancionada según Acta Nº  80 Fecha: 13/04/2022
Promulgada por Decreto Nº 099 Fecha: 18/04/2022

ANEXO I ORDENANZA

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

LICITACIÓN PÚBLICA PARA PARA LA OBRA REPAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES V. DEPIANTE Y DAVID LINARES DE LA LOCALIDAD DE MONTE CRISTO
1) OBJETO: La presente Licitación Pública tiene por objeto la adquisición de materiales y mano de obra por parte de la Municipalidad de Monte Cristo para la repavimentación de aproximadamente cinco mil trescientos metros cuadrados, en los términos establecidos en la Ordenanza Nº 1311 (Régimen General de Contrataciones) y la presente y demás documentación regulatoria del proceso, los que serán parte integrantes de la presente convocatoria.
Dependencia que realiza el llamado: MUNICIPALIDAD DE MONTE CRISTO, Departamento Rio Primero de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle Luis F. Tagle Nº 295 de la localidad de Monte Cristo.
2) PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas se presentarán en sobres cerrados con la única inscripción de: "MUNICIPALIDAD DE MONTE CRISTO - LICITACIÓN PUBLICA - REPAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES V. DEPIANTE y DAVID LINARES DE LA LOCALIDAD DE MONTE CRISTO” en la Sede Administrativa la Municipalidad de Monte Cristo, sito en calle Luis F. Tagle Nº 295 de Monte Cristo, en horario de 8 a 13 horas, de lunes a viernes hasta el día 29 de abril de 2.022 a las 11:30 horas.
Serán presentadas en dos (2) sobre cerrado, firmadas por el oferente o su representante legal. El primero de ellos contendrá: I) Comprobantes de las garantías exigidas en el pliego; II) Comprobante de adquisición de los pliegos integrantes de la licitación; III) Toda documentación solicitada en los pliegos; IV) El sobre propuesta.
Toda presentación que no reúna los requisitos establecidos precedentemente, será asentada en el acta respectiva como simple presentación, y el sobre propuesta será devuelto en el acto y sin abrir, quedando automáticamente eliminada de la licitación.
3) ACTO DE APERTURA: La apertura de sobre se efectuará en Sede Municipal el día 29/04/2022 - HORA: 12:00". Las propuestas que se presentan deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Los sobres no deberán contener inscripciones algunas, salvo la indicada precedentemente.
b) Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la propuesta deberán estar debidamente salvadas por el oferente o por representante legal.
c) La oferta se hará con referencia a la unidad solicitada, final y cierto, en moneda de curso legal, haciendo constar el total general de la propuesta en letras y números.
d) El precio ofertado lo será sin prejuicio de las bonificaciones o rebajas que se ofrezcan por pago en determinado plazo que podrá ser o no aceptado por el Municipio, entendiéndose que el mismo es al solo efecto de descuento y no condición de cumplimiento de contrato.
e) Acreditar representación que se invoque.
f) El presente Pliego de Bases y Condiciones firmado y sellado por el oferente en todas sus páginas, en prueba de su conocimiento y conformidad, o declaración jurada sobre igual alcance.
g) Si fuera necesario, nota aclaratoria de la propuesta formulada.
h) Constitución de domicilio en Monte Cristo y Constitución de Domicilio Electrónico.
i) Garantía de Oferta.
j) Antecedentes en obras similares: Sera condición indispensable haber ejecutado obras en los últimos cinco (5) años, que hayan sido de naturaleza y magnitud que le permita formar juicio sobre la posibilidad de concretar satisfactoriamente las tareas. Serán individualizados en estos antecedentes: la obra, lugares, breve descripción de las tareas y naturaleza de la obra, nombre y direcciones a quien solicitar referencias; listado de obras en ejecución, magnitud, costo y fecha probable de terminación, listado de personal técnico de la empresa, sus antecedentes y antigüedad de la misma 
k) Capacidad Económica Financiera de la Empresa: Presentar indicadores financieros o ratios de solvencia, capital de trabajo, liquidez, endeudamiento y financiamiento con capital propio obtenido de acuerdo a normas contables profesionales según establece la normativa vigente. Se considerará el promedio de los tres últimos Balances cerrados y auditados por contador Publico
l) Listado de Equipo mínimo: deberán ser de propiedad del oferente – adjuntar los títulos y/o facturas demostrando propiedad de los mismo.
m)  Poseer Planta Asfáltica: La planta asfáltica deberá cumplir con una capacidad: no inferior a 120 tn/h.
n) Los tanques contenedores de asfaltos, fuelloil y combustibles deberán estar habilitados por la Secretaría de Energía de la Nación, presentando el certificado y auditoria de seguridad de la misma.
En lugar, día y hora indicados precedentemente se procederá a la apertura de los sobres en presencia de los funcionarios Municipales autorizados, interesados y oferentes que concurran al acto.
Con antelación a la iniciación de la apertura los proponentes podrán dejar sin efecto, rectificar o presentar nuevas ofertas y efectuar aclaraciones, observación y reclamaciones que juzguen pertinentes. Posteriormente no se admitirá presentación alguna que interrumpa el acto.
Leídas las propuestas y del resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y contendrá:
a) Número de orden de cada oferta.
b) Nombre del proponente.
c) Monto y forma de la garantía.
d) Monto del mayor valor de la propuesta.
e) Observaciones que se hicieren a la regularidad del acto.
f) El acta será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que deseen hacerlo.
Las propuestas serán reubicadas en cada una de las hojas y foliadas por el funcionario que preside el acto.
4) RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Serán objeto de rechazo las ofertas: 1) Condicionadas o que se aparten de las bases de contratación. 2) Que no estén firmadas por el oferente. 3) Cuando la oferta no se ajuste al presente pliego de condiciones o modifiquen las bases establecidas, se declarare inadmisible la misma por parte de la Autoridad Municipal, sin necesidad de fundarlo, sin que ello genere derecho a reclamo y/o indemnización alguna por parte de los oferentes. El rechazo no dará lugar a indemnización alguna.
5) DE LOS OFERENTES: Podrán participar toda persona física o jurídica que intervenga en la comercialización de los bienes objeto de la presente Licitación Pública, con las excepciones siguientes:
a) Quienes no tuvieren capacidad de hecho o derecho para realizar negocios jurídicos.
b) Los que por cualquier causa legal no tengan la disposición o administración de sus bienes.
c) Los deudores morosos de la Administración Municipal.
d) Aquellos que no hubieran dado satisfactorio cumplimiento a contratos celebrados anteriormente con esta Municipalidad, en cualquiera de sus reparticiones.
e) Los que desempeñaren cargos de cualquier naturaleza en este Municipio.
f) Los que hubieran sido condenados, con cualquier clase de pena, por delito de falsedad, estafa, o contra la propiedad.
g) Las personas físicas y/o jurídicas, sociedades y entidades civiles de cualquier naturaleza jurídica, que inicien o mantengan controversias judiciales contra la Municipalidad de Monte Cristo, desde el inicio de la causa hasta la sentencia firme que ponga finalización definitiva a la misma.
6) EFECTO JURÍDICO DE LA PARTICIPACIÓN AL PROCESO LICITATORIO: La presentación de ofertas significa la aceptación lisa y llana, de todas las estipulaciones que rigen la contratación, constituyendo en todo un contrato que se perfecciona con la adjudicación de término, aun cuando las cláusulas particulares no se acompañen con la oferta o no estén firmadas por el proponente.
7) GARANTIA DE LA PROPUESTA: Los oferentes constituirán a favor de la Municipalidad de Monte Cristo, y como depósito en garantía de la propuesta formulada el equivalente al 5% del importe oficial de contratación, pudiéndose constituir mediante: 1) Depósito en efectivo en la Tesorería del Municipio; 2) Fianza Bancaria; 3) Seguro de Caución; 4) Pagaré con la cláusula sin protesto suscripto por el oferente.
8) PERDIDA DE LA GARANTIA DE LA PROPUESTA: El oferente que desistiera a su propuesta dentro del término de la oferta, o que habiendo resultado adjudicatario no se presentare a término a firmar contrato de adjudicación o no integrare la garantía de contrato, perderá la garantía de la propuesta, la que quedará en beneficio de la Municipalidad en su cuenta Rentas Generales.
9) DEVOLUCIÓN DE LOS DEPOSITOS DE GARANTÍA: La Municipalidad de Monte Cristo devolverá los depósitos en garantía de aquellos oferentes que no hayan resultado adjudicatarios, una vez que se resuelva la contratación definitiva.
10) MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA: Los proponentes se obligan a mantener su oferta por el término de treinta (30) días a contar de la fecha fijada para su presentación. Todo plazo menor fijado por el oferente se tendrá por no escrito.
11) CONTRIBUCIONES IMPOSITIVAS DEL OFERENTE: Las propuestas provenientes de personas y/o entidades que a la fecha de adjudicación sean deudores de la Municipalidad por Impuestos, Tasa y/o Contribuciones y cuyo plazo estuviere vencido, otorga al Municipio la facultad de rechazarla sin más trámite sin que ello genere derecho a reclamo y/o indemnización alguna por parte de los oferentes.
12) IMPORTE DEL PRESUPUESTO OFICIAL PARA LA CONTRATACIÓN: El Presupuesto Oficial de la Municipalidad de Monte Cristo asciende hasta:
a.- La suma de Pesos Tres mil Trescientos cincuenta ($ 3.350) el metro cuadrado de fresado de pavimento y carpeta de concreto asfáltico convencional de 5 cm (cantidad aproximada 5300 m2) incluyendo la mano de obra para su colocación.
b.- La suma de Pesos Treinta mil ($ 30.000) la tonelada de bacheo con estabilizado granular con cemento Portland (cantidad aproximada 50 TN) incluyendo la mano de obra para su colocación.
c.- El precio debe incluir los trabajos y mano de obra necesarios para efectuar la carga, transporte, descarga y colocación hasta el lugar obra y de todos los materiales necesarios. 
d.- La cotización debe incluir el I.V.A.
13) CONDICIONES DE PAGO: Adelanto financiero máximo del cincuenta por ciento (50%) a la firma del Contrato de Adjudicación. El cuarenta por ciento será conforme certificaciones de obra al finalizar su ejecución. El 10% restante como Fondo de Reparo con la aprobación de la obra. 
14) CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
El concreto asfáltico será tipo CAD D19 CA30 en un espesor de cinco (5) centímetros.
15) CONDICIONES PARTICULARES: Forman parte de las condiciones particulares las siguientes:
a) Plazo ejecución obra: Cuarenta y Cinco (45) días.
b) Garantía Obra y Materiales: La establecida en el Código Civil y Comercial de la Nación.
c) Ejecución Obra: Comprende también este ítem, los trabajos, mano de obra necesarios para la construcción, mantenimiento y señalización tanto diurna como nocturna y su conservación permanente, de los desvíos que resulten necesarios como consecuencia de la construcción de las obras que se trata y durante el tiempo que demande su construcción y posterior habilitación. 
16)  OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: es exclusivo responsable y deberá cumplimentar la totalidad de las obligaciones: a) tributarias que correspondan por las actividades que desarrolle y que se relacionan con la adjudicación, tanto de orden Nacional, Provincial, Municipal, inclusive aquellas cuya percepción estuviera a cargo de personas jurídica públicas estatales y no estatales; b) laborales, previsionales y sociales, respecto de todo personal que ocupe para cualquier actividad o trabajo, no pudiéndose -por motivo alguno- interpretarse la existencia de relación laboral de la especie que fuere, entre la Municipalidad y dicho personal; quedando la Municipalidad absolutamente exonerada de toda responsabilidad al respecto de las materias antes aludidas; c) deberá tomar las precauciones necesarias para evitar daños o desperfectos a propiedades de la Municipalidad o de terceros, siendo por tanto responsable por los accidentes que ocurran a obreros, propiedades o personas, ya sea por culpa del personal por él contratados o por acción de los elementos.
17) SUPERVISIÓN: El Adjudicatario se obliga a llevar a cabo una atención y vigilancia personalizada en la ejecución de las obras, y demás tareas a cumplir, no pudiendo por ningún concepto delegar tal responsabilidad. Asimismo, deberá cumplir y hacer cumplir sin excepciones las normas en materia de salubridad, higiene, seguridad, estética, moral y buenas costumbres dentro de la obra, pudiendo -si fuere necesario- requerir el auxilio de la fuerza pública, para asegurar el cumplimiento de tales cometidos. La violación de la normativa antes referida, facultará a la Municipalidad a disponer la caducidad de la Adjudicación.
18) DEDICACIÓN: Asimismo se compromete a prestar plena dedicación a las tareas contratadas mientras dure la relación contractual, poniendo su mayor empeño, conocimiento y capacidad en el desarrollo de las tareas a ejecutar y a dar continuidad a las mismas, sin incurrir en interrupciones, salvo por causas de fuerza mayor previamente acordadas.
19) INSPECCIÓN: La Municipalidad se reserva el derecho de inspeccionar la totalidad de las obras y su ejecución, en el horario y día que lo considere oportuno, a fin de controlar el estricto cumplimiento por parte del Adjudicatario de todas las obligaciones a cargo del mismo.
20) MULTAS: La determinación, por la Municipalidad o por denuncia constatada, de los hechos o circunstancias que a continuación se mencionan, darán lugar a las siguientes MULTAS que deberán ser abonadas por el Adjudicatario dentro del término de diez días (10) hábiles, a contar del momento en que la sanción adquiriese el carácter de firme, sin perjuicio del deber de este último de subsanar la falta inmediatamente de verificada: a) Falta a las medidas de seguridad: multa de Pesos Veinte Mil ($ 20.000). b) Falta de higiene en las instalaciones: multa de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000). c) No cumplir con las demás obligaciones previstas: multa por un mínimo de Pesos Diez Mil ($ 1.000) y un máximo de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000). En caso de reincidencia o gravedad de la falta, incluso, podrá la Municipalidad disponer la inmediata y automática caducidad de la Adjudicación.
21) RESPONSABILIDAD: La Municipalidad no será responsable de ningún daño y/o perjuicio, deterioros mayores y/o menores, que pudieran experimentar el Adjudicatario como consecuencia de la ejecución de las obras contratadas; como tampoco de daños o perjuicios que sufrieran cosas, bienes, pertenencias o salud del mismo, del personal que contratare, de dependientes suyos o de terceros, por motivo alguno. En consecuencia, tales hipótesis, serán de exclusiva cuenta y/o responsabilidad del Adjudicatario, no pudiendo por ninguna causa exigir indemnización, retribución o reintegro alguno al Municipio, quién queda liberado al respecto de toda responsabilidad.
22) RESCISIÓN: El Contrato podrá rescindirse: 1º) por voluntad concurrente de ambas partes; 2º) cuando razones de interés público, así lo exijan; 3°) por Incumplimiento del Adjudicatario: Será motivo de calificación de incumplimiento: a) La no entrega a tiempo de las labores contratadas; b) La pérdida de cualquier material o insumo de la obra, lo que no le permite continuar sus labores en el tiempo estipulado; c) Utilizar materiales de mala calidad, de segunda, defectuosos o diferentes a los suministrados por la Municipalidad; d) Entregar la obra sin la correcta terminación; e)  Entregar la obra con mediana o baja calidad; f) Realizar trabajos diferentes a los contratados.
23)  DIRECCIÓN TÉCNICA E INSPECCIÓN DE LA OBRA: La Dirección Técnica de la obra, así como la Inspección de los trabajos, estarán a cargo de la Municipalidad.
24) CONDUCCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA: El Adjudicatario será el responsable de la Conducción Técnica de la obra.
25) PLAZO DE GARANTÍA: Durante el plazo de garantía que será de diez (10) años a partir de la Recepción Provisional de las obras, el Contratista será responsable de la conservación de las mismas y de las reparaciones por defectos provenientes de la mala calidad de ejecución de los trabajos a su cargo.
26) DE LA ADJUDICACIÓN: Cuando la concurrencia de oferentes se limitara a un solo oferente y la oferta estuviera conforme con las actuaciones que sirvieron de base al acto y fuera conveniente a los intereses públicos, el Departamento Ejecutivo Municipal queda facultada para resolver su aceptación.
27) FIRMA DE CONTRATO: Resuelta la adjudicación, se procederá a informar al adjudicatario mediante notificación fehaciente del Decreto respectivo. El adjudicatario dispondrá hasta diez (10) días a partir de la notificación para concurrir al Municipio y suscribir el contrato correspondiente. Antes del vencimiento de dicho plazo, el adjudicatario podrá solicitar la ampliación del mismo por causa justificada. Vencido el plazo y su eventual prórroga, ante la no concurrencia del adjudicatario, el Departamento Ejecutivo podrá anular la adjudicación, con pérdida para el adjudicatario de la garantía respectiva. Luego se procederá a una nueva adjudicación, que recaerá en la propuesta siguiente en el orden de conveniencia.
28) PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El adjudicatario deberá dar cumplimiento al objeto del contrato en el plazo de cuarenta y cinco (45) días a contar desde la firma del mismo.
29) GARANTIA DEL CONTRATO: El adjudicatario se obliga al momento de firmar contrato a constituir una garantía por su efectivo cumplimiento que será equivalente al 100% del monto del adelanto financiero, el que se constituirá mediante Seguro de Caución. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones emergentes del contrato importará la pérdida de dicha garantía.
30) VENTA DE PLIEGOS: Este Pliego se podrá adquirir en Caja Municipal hasta las 10 horas del día 29/04/2022, siendo su valor de Pesos quince mil ($ 15.000).-