Les compartimos la información enviada por la Lotería de Córdoba- Provincia de Córdoba: Nueva Legislación: Juego Clandestino es delito penal con pena de prisión de 3 a 6 años, articulo 301 bis del Código Penal. Para la ORGANIZACIÓN DE EVENTOS LÚDICOS (Rifas, Tómbolas, Bingas, Bonos de Contribución, etc. / Captación de Asociados, Cenas Show, Espectaculos con premios, concursos y certamenes telefónicos con valor agregados). Consultar la página oficial de la Lotería www.loteriadecordoba.com.ar o comunicarse a la delegación más cercana. TODO EVENTO SIN AUTORIZACIÓN DE LOTERÍA ES DELITO